¿Pueden aparcar y circular los coches sin etiqueta de la DGT en Madrid Central?
Desde el 1 de enero de 2020, todos aquellos usuarios que tengan un coche -o moto- sin etiqueta de la DGT, a excepción de algunos casos particulares, no pueden aparcar en Madrid Central.
El nuevo año ha dado paso a otra de las grandes medidas de la Ordenanza de Movilidad Sostenible iniciada el pasado 5 de octubre de 2018. Así, desde el 1 de enero de 2020, todos los vehículos sin etiqueta ambiental -esto también atañe a las motos- de la Dirección General de Tráfico (DGT) no podrán acceder al centro de la capital ni tampoco aparcar en la zona de Servicio de Estacionamiento Regulado (SER).
A este respecto, hay una serie de vehículos especiales que sí pueden aparcar en zona SER, independientemente de su etiquetado:
- Vehículos comerciales e industriales que ya disponían de autorización de estacionamiento SER en el momento de entrada en vigor de la Ordenanza de Movilidad Sostenible.