Circular nº23/2020 – Nuevas medidas laborales
El BOE de hoy publica el Real Decreto-ley 9/2020, por el que se adoptan medidas complementarias, en el ámbito laboral, para paliar los efectos derivados del COVID-19. Esta norma entra en vigor hoy mismo.
Principalmente, incorpora las siguientes novedades:
a) La fuerza mayor y las causas económicas, técnicas, organizativas y de producción en las que se amparan las medidas de suspensión de contratos y reducción de jornada previstas en los artículos 22 y 23 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, no se podrán entender como justificativas de la extinción del contrato de trabajo.
b) Se establece la interrupción del cómputo de la duración de los contratos temporales, incluidos los formativos, de relevo y de interinidad, que alcanzarán su duración máxima efectiva, desplegando plenos efectos durante el tiempo inicialmente previsto.
c) Las solicitudes de ERTES presentadas por la empresa que contuvieran falsedades o incorrecciones darán lugar a las sanciones correspondientes, así como solicitar medidas en relación al empleo que no resultaran necesarias o no tuvieran conexión suficiente con la causa que las origina, siempre que den lugar a la generación o percepción de prestaciones indebidas.
d) Las medidas extraordinarias en materia de cotizaciones y protección por desempleo previstas serán de aplicación a los afectados por los procedimientos de suspensión de contratos y reducción de jornada comunicados, autorizados o iniciados, con anterioridad siempre que deriven directamente del COVID-19.
e) La duración de los expedientes de regulación de empleo autorizados al amparo de las causas previstas en el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, no podrá extenderse más allá del periodo en que se mantenga el estado de alarma.